RAMO VERDE, 21 DE ABRIL DE 2008.

Pueblo de Venezuela, nosotros, los 8 efectivos de la Policía Metropolitana quienes nos encontramos presos en la cárcel militar de Ramo Verde,  por los sucesos acaecidos en Caracas, hace seis años. Queremos hacerles llegar a ustedes a través de estas líneas, nuestras más sinceras palabras de agradecimiento y reconocimiento a todas aquellas personas quienes de una u otra forma han contribuido a mantener nuestra moral y nuestra dignidad.  

Hoy, estamos cumpliendo 5 años privados injustamente de nuestra libertad, queremos manifestarles lo mucho que hemos aprendido y sufrido en estos 1825 días perdidos de nuestras vidas, en un proceso sumido en una atisbo de manipulaciones políticas, atendidos por unos fiscales del Ministerio Público que desde hace tiempo y sobre todo hoy, algunos de ellos cuestionados por la opinión pública. Ante tanto atropello y subterfugios en contra de un grupo de hombres, todos responsables, disciplinados y trabajadores, quienes ese día, solo cumplían con el sagrado deber de salvaguardar las vidas de sus semejantes, sufriendo de manera paradójica por ello de los embates que ha generado esta gran injusticia.

Para nosotros no existen los principios rectores e informadores del proceso penal en Venezuela por lo siguiente:

El Ministerio Publico violo nuestras GARANTIAS PROCESALES al solicitarnos la privativa de libertad, sin existir ELEMENTOS DE CONVICCIONES INDIVIDUALIZANTES DE RESPONSABILIDAD PENAL.

2° Para nosotros no existe LA PRESUNCION DE INOCENCIA, somos culpables hasta que algún día se demuestre lo contrario.

3° Para nosotros no existe LA AFIRMACION DE LIBERTAD, aplicándosenos la llamada PENA ANTICIPADA, al sacrificar nuestro derecho humano a la libertad y mantenernos privados de libertad EN FORMA INDETERMINADA EN EL TIEMPO.........

4° Al cumplir los dos años privados de libertad y ocurrir la DECADENCIA DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, nos fue negado este derecho a pesar de lo establecido en el artículo 244 del COPP.

DESACATO A LA DECISIÓN EMANADA del T.S.J. en sentencia 1132 de fecha 03-06-05, que de manera orientadora ordena la Tribunal de la causa, otorgar la libertad por haber excedido del plazo mínimo establecido en el COPP, también nos fue negada.

6° Se nos viola el PRINCIPIO DE IGUALDAD PROCESAL, cuando el Tribunal de la causa SE EXTRALIMITA EN SUS FUNCIONES Y SE PARCIALIZA CON EL MINISTERIO PUBLICO, al tomar decisiones en nuestro perjuicio.

7° Se introdujo un amparo Constitucional ante el T.S.J sobre el cual no se pronunciaron, si no que extralimitándose en sus funciones AMPLIARON LA CALIFICACION JURIDICA DE LA ACUSACION FISCAL, sin ser los titulares de la acción penal.

8° y entre otros: se nos negó la AMNISTIA POR RAZONES POLITICAS.

Son tantos atropellos que recordar a lo largo de estos cinco años y ni hablar de el desarrollo del JUICIO MAS LARGO DE LA HISTORIA JURIDICO-PENAL DE VENEZUELA, donde no hay pruebas que puedan individualizar responsabilidades penales.

Pueblo venezolano, muy a pesar de la condición que estamos viviendo, estamos seguros que cuando nuestro camino nos conduce a las elecciones más difíciles de la vida, lo mejor es aprender de ella y seguir avanzando.

Sabiendo que la gratitud es una fuerza milagrosa la cual nos permite abrir los sentidos al mundo y el efecto de vivir el siguiente momento de nuestras vidas, solo nos queda decirles:

Gracias a Dios, gracias a nuestras familias, gracias a ustedes y a sus familias,  gracias Venezuela.  Seguimos adelante

 

 

MARCO JAVIER HURTADO

SUBCOMISARIO (PM) Lic.